Defensoría del Pueblo. Reactivación reclamos.

El último acto de la historia con la
Defensoría del Pueblo.

Como  último acto de la historia con el defensor del pueblo, Dr. Omar Bottero, transcribimos la nota de reactivación del reclamo:

San Bernardo del Tuyú  27/11/2015
Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires
Departamento de Servicios Públicos
Referencia guía 49053, Reclamo Nº 102.184
Asunto: Informe Autoridad del Agua
Dr. Omar Bottero.
S/D__________________________________________________

Estimado Omar:
Nos hemos comportado civilizadamente durante casi 100 días, siguiendo a pies juntillas lo que había sugerido.
Recuerdo sus comentarios sobre la participación del diputado Juan de Jesús, el que se la sabe "grossa", que en la fecha de las elecciones del año 1999 tenía 24 causas abiertas, procesado por lo menos en una de ellas (http://www.lanacion.com.ar/151273-un-candidato-con-24-causas-abiertas ), y que resultó imposible a través de su gestión que el mencionado funcionario se dignara cumplir con la ley de Información Pública al ocultarnos y apropiarse indebidamente del informe de potabilidad del agua de Sta Teresita.
Además le dio curso arbitrario al trámite por la ciudadanía iniciado remitiendo la información a su hijo, el Intendente Juan Pablo de Jesús ( a la sazón su hijo ) recientemente electo.
Concluido el proceso electoral, que según su criterio "enturbiaba la gestión del reclamo con objetivos políticos electorales opositores" y reelecto el "protegido" Juan Pablo de Jesús" reactivamos la demanda de solución del problema del agua potable en La Costa -Zona Centro-, que se nos informe sobre los estudios de potabilidad del agua que hemos presentado y que se resuelva de una vez por todas la provisión del agua potable para todo el distrito.
Su gestión, Dr Omar Bottero, no ha generado cambio relevante en el servicio de agua potable; en estos últimos 20 días la Zona Sur del Partido de la Costa vio comprometida la provisión de agua potable, servicio a cargo de ABSA, produciéndose caída grosera de la presión de agua en la red y la  interrupción intermitente del flujo.
Esto generó la movilización vecinal ante  la sede de ABSA, la planta de Chancay y la concurrencia a la sesión del 23/11/2015 del HCD.
Actualmente han desaparecido los intereses políticos electorales, ya fue reelecto el "pollo" FPV de La Costa, y estimo que hemos allanado los obstáculos o excusas que impidieran una gestión satisfactoria por su parte.
Obviamente, cuando los problemas no son resueltos y transcurre alegremente el tiempo, la situación de provisión del agua potable se agravó.
Los hechos en Zona Sur son particularmente graves por:
*      El convenio inicial de la prestación de agua potable se realizó con la empresa Aguas de La Costa, de Gualtieri. Este contrato fue disuelto en Diciembre 2007, y se contrató para la prestación del servicio a Absa el 3/12/2007  por 5 años. 
*      Ese convenio no fue renovado en el año 2012 hasta la fecha, en la que se promulgó una ordenanza que homologa el mismo convenio sin modificación alguna y lo extiende hasta el 2020
*      Esta acción trata de cubrir una severa falta administrativa que se extendió durante 3 años. Creo que estas faltas quizás pudieran incurrir en faltas a los deberes de funcionario público, malversación de fondos y eventual defraudación al facturar un servicio público sin estar legalmente habilitado para tal fin.
El análisis de la situación planteada PODRÍA abrir la posibilidad de considerar al intendente Juan Pablo de Jesús como:
*      Incumplimiento de los deberes de funcionario público por la grosera negligencia en el tratamiento y renovación del convenio con ABSA.
*      Partícipe necesario en la aparente figura penal de defraudación y estafa, ya que con su desidia permitió que una empresa de servicios públicos facturara sin el debido respaldo legal. 
*      La reposición a su cargo con fondos públicos  de las bombas dañadas en ABSA sin documentación contractual que lo fundamente y habilite, cuando esa responsabilidad económica es propia de la empresa podría implicarlo en la figura de malversación de fondos.
Los vecinos de La Costa, Zonas Centro y Sur vimos con sorpresa que la Defensoría comprometió a ABSA a mejorar la calidad del agua en Gonnet (http://www.defensorba.org.ar/prensa/la-defensoria-comprometio-a-absa-a-mejorar-la-calidad-del-agua-en-gonnet ); en cambio nuestro reclamo fue por Uds. olímpicamente evadido por preconceptos de partidismo político.
Les recuerdo que el agua contaminada con sales por invasión marina de las napas, el exceso de hierro y manganeso que exceden los límites de potabilidad, la irresponsabilidad del mantenimiento de la Planta de el Chancay, las irregularidades contractuales y la renovación de convenios en franca violación de la Ley Orgánica de las Municipalidades no constituyen  un acto político electoral, son una agresión directa a la salud pública y una flagrante ilegalidad.
¿Es interés político partidario denunciar que los vecinos después de pagar la conexión al servicio comienzan a pagar la cuota por servicio básico pero no reciben la prestación porque las conexiones están suspendidas hace mucho tiempo?
¿No constituye en cambio la denuncia de un delito?
¿Queda entonces algún recurso para protegernos de estas arbitrariedades?
Quizás las respuestas debiéramos buscarla dentro mismo de la Ley Orgánica de las Municipalidades; veamos:
      1.       La renovación del convenio se halla fuera de los plazos de prórroga establecidos por el artículo 231 quien define que no se podrá prorrogar más de 1/3 del tiempo convenido originalmente..
      2.      Si hubiera habido modificación de tarifas desde el 3/12/2012 hasta la fecha, éstas estarían invalidadas por no haber sido avaladas por el HCD.(art 233º)
      3.      Si hubieran sido promulgadas por el departamento ejecutivo entre el 3/12/2012 y la fecha, nos encontraríamos con un exceso de atribuciones del intendente (art. 233º).
      4.      El municipio no debería haberse hecho cargo de la reparación de las bombas debido a que no había contrato vigente aunque se respete el espíritu de la norma al intentar brindar la continuidad de la prestación del servicio público.
      5.      Finalmente los actos jurídicos no constituidos según las normas de la Ley Orgánica de las Municipalidades serán nulos (Art. 240º). Sobra decir que este acto es totalmente nulo, arbitrario e ilegítimo a pesar sus visos aparentes de legalidad.
Por el momento, nuestra esperanza de una vida republicana está muy lejos.
Habiendo hecho el racconto  imprescindible por la extensión en el tiempo del proceso de queja y solicitud de solución al grave problema que nos aqueja punteamos todos aquellos reclamos que hemos hecho y no fueron resueltos:

·        Que se nos remita los resultados de los análisis efectuados de Zona Centro el día 7 de Abril, que no nos fueron entregados y que estuvieron en poder del Diputado Juan de Jesús por decisión arbitraria y fuera de esfera de decisión.
·        Que la Defensoría constate "in situ" las anomalías que hemos denunciado y sea testigo-garante de las explicaciones que el Intendente  adeuda.
·        

Que la Defensoría medie y arbitre los medios necesarios a fin de preservar la veracidad de los resultados de los análisis y que colabore de alguna manera efectiva a defender nuestro derecho inalienable al agua potable.

· Que la Defensoría nos exhiba los análisis de potabilidad del agua en TODOS LOS COLEGIOS, HOSPITALES, CENTROS DE SALUD DEL DISTRITO (las 3 zonas) a fin de definir la gravedad y extensión del problema.

· Que la Defensoría evalúe y sugiera la entrega de agua potable envasada a todos aquellos vecinos que no puedan absorber el costo por su situación económica (Una pareja de Jubilados: "comemos carne una sola vez a la semana porque reservamos el dinero para pagar los bidones del agua que usamos").

· Que la Defensoría efectúe un mapeo de la potabilidad de las napas de todo el distrito para determinar los riesgos de salud a los que están sometidos los habitantes de La Costa en su total extensión.

· Que la Defensoría de al conocimiento público los análisis de potabilidad del agua extraída para la red de la Zona Sur del Distrito, en predio del Chancay, total de 76 pozos con una producción de 1500 m3 /Hora por considerar importante descartar contaminación por arsénico tal como queda expuesto en el estudio “Resultados recopilados de análisis de arsénico, realizados por el Centro de Ingeniería en Medio Ambiente del Instituto Tecnológico de Buenos Aires”. ( http://www.nutrired.org/agua/ )
           Que la Defensoría de a conocer el grado de potabilidad del agua que será provista por el proyecto nuevo en Santa Teresita (Campos de Golf).
·        Que la Defensoría defina la suficiencia de las obras iniciadas en Zona Centro para la provisión de agua potable  en las 50 manzanas del centro de Santa Teresita.

·        Que la Defensoría analice si la ordenanza por la que se renueva el convenio con  ABSA se halla dentro de la legalidad y criterios de validez.

·        Que la Defensoría tome conciencia que la solución de la provisión del agua potable en el Partido de la Costa no sólo afecta la salud de sus habitantes sino su mayor fuente de ingreso, el turismo. ¿La Defensoría cree que es viable que los turistas tengan que recurrir con bidones a los distribuidores fijos (tanques con canillas que ofrecen agua de potabilidad dudosa para el consumo personal? ¿Tomaron conciencia que son incompatibles las vacaciones  en la playa con servicios esenciales propios de asentamientos marginales?

Recurrimos a la Defensoría del Pueblo porque :
• Defiende derechos individuales y colectivos.
• Detecta las situaciones de vulnerabilidad y conoce las necesidades de la gente.
• Atiende, escucha, informa, asesora, y acompaña a los y las habitantes de la provincia.
• Registra y analiza reclamos particulares para abordar problemáticas colectivas


Creemos que es la única institución que en la práctica puede resolver problemas de los ciudadanos comunes, obviamente si contamos con vuestra disposición, voluntad, bonhomía y nos alejamos de los tiempos electorales  y de los intereses políticos partidarios.

Deseamos que esta gestión que retomamos llegue a buen puerto.
Rogamos se nos responda por escrito ya que ese documento estará a disposición de todos los vecinos del partido de La Costa

Sin otro particular saludo atte.




Daniel E. Cantoni


PD: 
Notas de Ley orgánica de las municipalidades.
ARTICULO 231°: El término de las concesiones no será superior a treinta (30) años. Al vencimiento de este plazo, con acuerdo de las partes, podrán ser prorrogadas por sucesivos períodos de diez (10) años cuando el contrato original fuera de treinta y de un tercio del tiempo primitivamente convenido cuando la concesión haya sido otorgada por menos de treinta (30) años.
La Municipalidad expresará su consentimiento a la prórroga mediante el voto de la mayoría absoluta del Concejo, y nunca antes del año de la fecha de vencimiento de la concesión.

ARTICULO 233°: Las empresas concesionarias someterán sus tarifas y precios a la consideración de la Municipalidad. Dichas tarifas y precios no se tendrán por vigentes mientras el Concejo no las apruebe en ordenanza sancionada con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros y el Departamento Ejecutivo no las promulgue. 
CAPITULO VIII 
NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS MUNICIPALES

 ARTICULO 240°: Los actos jurídicos del Intendente, concejales y empleados de las municipalidades que no estén constituidos según la competencia, forma y contenidos determinados en la presente ley y en las de aplicación complementarias, serán nulos. 

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Lamentablemente, el Dr. Omar Bottero interpretó que esta acción era el resultado de un accionar político en el que suponía enemistad de mi parte con el intendente  Juan Pablo de Jesús, a pesar de haber suspendido todo reclamo a la Defensoría 100 días antes de las elecciones, justamente para que no se mezclaran los partidismos. Una vez concluidas las elecciones, nuestro accionar recobra el carácter vecinal más puro; este hecho y delicadeza de nuestra parte no implica que seamos  benévolos con los funcionarios sino que debemos exigirles lo mejor de su trabajo para el beneficio de nuestra comunidad.

He aquí el diálogo sostenido con el Dr. Bottero.

Finalmente, le hemos remitido las 2840 firmas recolectadas a través de Change.org como aval suficiente que en la charla había sugerido.




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