Tres formas de tratar el mismo tema. Ud. debe elegir la que crea correcta.

1)Vidal quiere meter preso al que roba arena.

El robo de arena en la costa atlántica bonaerense es una actividad aun mas veterana que los propios balnearios. Los carros que extraen algunos pocos metros de arena son parte del paisaje, pero también lo son los grandes camiones que lucran con cargas, cargas y cargas de suelo costero.
En este marco, algunas versiones indican que la Gobernadora Bonaerense Maria Eugenia Vidal y el Ministro de Seguridad Cristian Ritondo estarían iniciando acciones legales con respecto al tema.
Pero claro, toda cadena se corta en el eslabón mas delgado y la orden que habría llegado, por ejemplo, a las dependencias policiales, es detener e iniciar causas penales a aquellos que se manejen con los famosos “carritos“.
A priori y siendo un trascendido la idea de ver una extensa fila de carros secuestrados en las comisarias parece probable, pero la pregunta que muchos se hacen es: ¿veremos también camiones? 

mdanoticias.com.ar

2) Robo de arena en el Partido de La Costa (Jun 17, 2016)

El secretario de Producción de la Municipalidad de La Costa, Gustavo Caruso, hizo referencia a la problemática del robo de arena en el distrito.

“Hay que reconocer al ciudadano que, en líneas generales, hoy en día tiene una conciencia ecológica que pasa por cuidar nuestros recursos naturales”, afirmó el funcionario en 99.9 Radio Noticias Web y agregó: “Creo que ese cambio que se ha dado en nuestra sociedad es algo muy importante porque es lo que nos va a permitir tener un cambio de legislación en algún caso y de conducta en otro”.
Caruso reconoció que “el exceso de retiro de arena ha generado en el Partido de La Costa distintas situaciones como la pérdida de playa”. Al respecto sostuvo: “La legislación que tenemos aquí es de proteger y cuidar la naturaleza. Se han hecho intentos de todo tipo y se siguen haciendo”.
El secretario de Producción aseguró que esta situación “ya no existe en gran escala en el Partido de La Costa”. En este sentido detalló: “En general se ha sacado la explotación de este recurso. Hoy en día la tendencia de construcción es con arena rubia, que es de río. Los constructores y los corralones están obligados a vender solamente este tipo de material. Quedan algunos consumos particulares que no hacen caso a esta legislación”.
Caruso también se refirió a la situación particular de San Clemente del Tuyú: “Por las características geográficas y las corrientes es una de las pocas playas que tiene material de aporte permanente: el crecimiento de los médanos es continuo. Cuesta a veces explicarle a la comunidad que, si no se retira cuando el médano revienta, nos quedamos sin Costanera”.

RadioNoticiasWeb.Com
3) Sancionar por "incumplimiento de los deberes de funcionario público" a los intendentes y funcionarios subalternos que no resuelvan el robo de arena de las playas.

Hacer una aseveración de este tipo requiere fundamentos sólidos, como ser:
Definición:
Se entiende por "funcionario público" cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos. A tales efectos, los términos "funcionarios", "servidor", "agente", "oficial" o "empleado" se consideran sinónimos.
Deberes:
El funcionario público tiene el deber primario de lealtad con su país a través de las instituciones democráticas de gobierno, con prioridad a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones de cualquier naturaleza.
Obligaciones:
El funcionario público debe responder por sus conductas (u omisiones) en ejercicio de sus competencias, cuando aquellas, incumpliendo el bloque de legalidad, generen un daño a terceros, ya por su culpa o negligencia, o por dolo (como expresa ZAFFARONI, se podrá determinar que el poder punitivo no sea ejercido sobre el procesado de modo intolerablemente irracional).

Fundamentos Legales

  • TITULO XI - DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA >> 

Capítulo IV - Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos > ARTICULO 248  Código Penal

Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

Fundamentos científicos básicos


Escribe Bruno Geller, de la Agencia CyTA – Instituto Leloir  (https://portinos.com/3758/futuro-comprometido-de-las-costas-argentinas)

Según el geólogo Jorge Osvaldo Codignotto, experto en geomorfomología, es importante diferenciar los fenómenos derivados del calentamiento global de las acciones directas que ejercen los humanos en los territorios costeros. La erosión es una de las principales amenazas. El especialista resalta la importancia de que la Argentina cuente con políticas destinadas a la protección de las zonas costeras.

El nivel del mar podría aumentar entre 19 y 59 centímetros en el periodo 2090-99 con respecto a 1990-99 a causa del derretimiento de las capas de hielo de Groenlandia y la Antártida, los glaciares y a la expansión de los océanos debido al aumento de la temperatura –entre otros factores–, como consecuencia del calentamiento global. Este es uno de los pronósticos que figura en el último informe elaborado por expertos del Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC, según sus siglas en inglés).
Pero no será sólo el incremento del nivel del mar o la mayor presión del viento en sudestadas o tormentas los factores que cambien la fisonomía de las costas.
El geólogo Jorge Osvaldo Codignotto, investigador principal del CONICET y ex-presidente de la Asociación Geológica Argentina, explica: “Es importante diferenciar los fenómenos derivados del calentamiento global de las acciones directas que ejercen los humanos en los territorios costeros”.

En ese sentido, Codignotto, que también ha sido director del Departamento de Ciencias Geológicas de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA, subraya que “la acción directa de las poblaciones humanas, como por ejemplo, los errores de manejo territorial en áreas costeras originan inundaciones oceánicas y fundamentalmente erosión. En consecuencia, la intensidad de los fenómenos como el aumento del nivel del mar o las sudestadas se ven altamente potenciados”.
Algunas de las actividades humanas que vulneran la geografía de las costas son la instalación de desagües pluviales a través de la playa y la extracción de arena y cantos rodados para la construcción. “Todos los edificios costeros están construidos con arena de playa”, afirma Codignotto.
Otro factor involucrado es la destrucción de la duna costera, allí donde existe naturalmente, con el objeto de construir hoteles o condominios o “por supuestas razones estéticas”, señala el geólogo. 

El emplazamiento de muelles también altera las costas porque cambia el patrón de dirección de olas concentrando su energía en puntos de la costa que consecuentemente son erosionados.
“En las costas argentinas el diseño urbano es inadecuado”, asegura Codignotto y agrega: “En el ámbito nacional se debería crear un instituto de manejo costero ágil y de actualización permanente, en definitiva, debería existir una legislación sobre edificación que se adecue a los procesos naturales y que proteja a las costas”.
Para Codignotto, la provincia de Buenos Aires dio un paso en esa dirección al dictar el decreto 3202, a fines de 2006, que regula el uso del área costera generando límites en el uso territorial.
Ese decreto establece restricciones a la construcción en las playas y un uso racional del espacio para evitar la erosión costera.
“De acuerdo con esa norma, las urbanizaciones en la costa deben ubicarse a más de 250 metros de la línea del mar, y los concesionarios de los balnearios sólo podrán edificar hasta un máximo de 200 metros cuadrados por cada kilómetro de playa, entre otros puntos”, explica Codignotto.

Escenarios posibles
Según el informe del IPCC de 2007, la erosión en las costas se verá exacerbada por el incremento de ocupación territorial en esas áreas.
“La migración de población hacia áreas costeras sigue aumentando. Según Naciones Unidas el 85 por ciento de la población mundial estará ubicada en áreas costeras en el año 2025 y con ello aumentará la presión sobre el medio natural”, señala Codignotto.
En general, las áreas costeras de la Argentina se están erosionando, proceso que comenzó a incrementarse a partir de la década del setenta. “Ello es coincidente con lo que ocurre en el resto del mundo a causa del acelerado calentamiento global”, explica Codignotto.

La erosión de las costas sumada al aumento del nivel del mar traza un panorama que debería movilizar a las autoridades de los países a tomar medidas de prevención.
“Se espera que varios millones de personas se vean afectadas por las inundaciones debido al aumento del nivel del mar para el 2080”, destaca Codignotto y continua: “Están especialmente en riesgo las áreas costeras bajas y densamente pobladas, donde la capacidad de adaptación es relativamente baja, y en las que ya deben enfrentarse a otros desafíos tales como tormentas tropicales y subsidencias costeras, es decir, hundimientos de la corteza”.
El número de afectados será mayor en los mega-deltas de Asia y África, mientras que las pequeñas islas serán especialmente vulnerables.
En las costas de nuestro país, las consecuencias serían diferentes, dependiendo de la región. No sólo hay que tener en cuenta el incremento del nivel del mar o las consecuencias de la erosión, sino también los movimientos de mareas.
“Por ejemplo, en la actualidad en el río de la Plata el rango de mareas es del orden de 0.50 metros, mientras que en Río Gallegos alcanza los 8 metros. En cada región los factores son y serán diferentes”, afirma Codignotto.

Toma de conciencia
“Mi experiencia sobre las áreas costeras de nuestro país, desde Tierra del Fuego hasta el delta del río Paraná, es que no existe una clara conciencia, ni en la población ni en las autoridades políticas, sobre la ‘movilidad natural de la costa’. Todos suponen que la línea de costa es ‘fija’ a través del tiempo”, señala el especialista.
Para el geólogo otro asunto que debe ser resuelto en las costas es el de la contaminación. “Esta potencia en forma irreversible el deterioro del ecosistema costero. Las autoridades nacionales, provinciales y municipales tienen que hacer algo al respecto”. Codignotto advierte: “Es imperativo que se tome conciencia sobre estos temas. Debemos disminuir la agresión humana en las costas del país”.


Opinión del editor
1)
Los conceptos vertidos en el artículo  de MDA Noticias son, a mi entender, inapropiados, tendenciosos, disruptivos del orden social e inductor de anomia
Fundo mi aseveración en que el robo de arena es una irregularidad específica y bien definida que debe ser sancionada por las autoridades y la justicia independientemente del autor.
No corresponde especular que a los que roban arena en carritos son más punibles que aquéllos que lo hacen en camiones; cuando se comete un delito o infracción el responsable deberá ser sancionado  independientemente de su condición social o económica.
La ley no establece diferencias en ese sentido, ya que el delito o la infracción posee identidad específica.
En consecuencia no es válido el planteo realizado en esa nota y mucho menos el mensaje subliminal que  se dirige a validar que bajo el gobierno de Vidal los poderosos gozan de impunidad.
Semejante argumento también validaría lo opuesto, que bajo el gobierno del FPV, los delitos cometidos por los menos pudientes tienen justificado su accionar (por más que en la práctica diaria así lo pareciera).


2)
El 17/Junio/2016 el secretario de Producción de la Municipalidad de La Costa, Gustavo Caruso reconoció:

  • "el exceso de retiro de arena ha generado en el Partido de La Costa  la pérdida de playa”
  • la legislación en el partido de La Costa tiene como objetivo proteger y cuidar la naturaleza; la observación cotidiana de los carritos extractores de arena señala indubitablemente que fracasan estrepitosamente todos los mecanismos de control municipales o policiales.
  • Es total y absolutamente certera la aseveración que las playas de San Clemente del Tuyú se caracterizan por su constante crecimiento de médanos y acumulación de arena, consecuencia de las corrientes marinas predominantes.
    El conocimiento de este fenómeno refleja una doble falta en el rol del Municipio:
    1º) Habilitar y regular la extracción de arena en la zona de San Clemente del Tuyú.
    2º) Perseguir y combatir el robo de arena en todas las otras playas que son erosionadas.
A confesión de partes relevo de pruebas; huelgan los comentarios de cualquier tipo.

3)
En esta sección se define la figura del funcionario público, sus deberes, sus obligaciones y responsabilidades. Además se documentan los fundamentos legales sobre la punibilidad de los funcionarios y el código de ética al que están sometidos (en teoría).
También se brindan algunos fundamentos científicos de peso, por  profesionales reconocidos de la UBA y el archi-conocido decreto 3202/2006 de Felipe Solá que tenía en cuenta el futuro de nuestras playas. (Referencias).
Con antecedentes de semejante peso es difícil no reclamar al intendente por "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

Otra vez, los ciudadanos comunes quedamos indefensos ante las arbitrariedades de los funcionarios del partido de La Costa.


Comentarios