Rechazan amparo contra la construcción del “Balneario” de Mar de Ajó
Precisándose en el fallo: “No se aprecia ni se ha demostrado que el sistema de licitación… lleve en su trámite cuestiones o decisiones que se presenten o aparezcan como evidentemente irrazonables, arbitrarias y atentatorias del bien común…”.
El amparo presentado por Concejales opositores del Municipio de la Costa contra una obra licitada por su administración, fue rechazado por ser “manifiestamente inadmisible” según los integrantes del Tribunal Nº1
Surge de la resolución judicial votada por unanimidad por los Jueces Carlos Colombo y Claudia Castro, que los Concejales Rubén Oliva y Germán Jardon, con el patrocinio letrado del Dr. Marcos García, presentaron la medida argumentando que en calle Daniel Rial intersección con la Costanera, en Mar de Ajó, se encontraba maquinaria municipal realizando movimientos de médanos, “trasladando arena fuera de su receptáculo natural, entendiendo los mismos que esto era (o) resultaba ilegal en tanto afecta claramente la circulación de los vientos y la vida natural del entorno”.
En cuanto a la licitación, los recurrentes la describieron como “dudosa, ilícita y fraudulenta a los intereses del pueblo dada la forma en que ha sido otorgada”.
El Dr. Colombo –de primer voto- al resolver la cuestión expresó, que se debía en primer término recordar que “el amparo es un medio excepcional constitucionalmente consagrado…, frente a actos de violación o amenaza por acción u omisión de autoridad pública o personas privadas que en forma actual o inminente y con arbitrariedad manifiesta, lesionen un derecho o garantía implícita o explícitamente reconocidos por la Constitución Nacional”, no siendo el mismo procedente cuando existan otros procedimientos que permitan obtener el mismo efecto.
“…No se aprecia ni se ha demostrado que el sistema de licitación llevado a cabo por la municipalidad de La Costa, para otorgar la explotación de un comercio en la zona de playa lleve en su trámite cuestiones o decisiones que se presenten o aparezcan como evidentemente irrazonables, arbitrarias y atentatorias del bien común…”, resaltó el Juez.
Por último el Dr. Colombo remarcó, que si bien Rubén Oliva y German Jardon expresaron que el recurso de amparo lo hacían con el patrocinio letrado del Dr. Marcos García, se advertía que al firmar el escrito cabeza de actuaciones el abogado mencionado “parece hacerlo en su también condición de Concejal conforme el sello que acompaña las tres rubricas, no habiéndose acompañado diploma o certificado que así lo acredite”.
Finalmente los dos jueces del Tribunal por unanimidad resolvieron rechazar la acción de amparo deducida por Rubén Esteban Oliva, Germán Leandro Jardon y Marcos Alfredo García contra la Municipalidad de La Costa, “por resultar la acción intentaba manifiestamente inadmisible”.
Mdanoticias.com.ar
Antecedentes
septiembre 6, 2016
Balneario de Mar de Ajó: ¿ignorancia o chicana política?
En las redes sociales se suscitó una polémica por la realización de un bar sobre la Avenida Costanera y Daniel Rial, en Mar de Ajó. La cuestión motivó a que algunos concejales, como el caso específico de Flavia Delmonte, de Cambiemos, solicitara al Concejo Deliberante un pedido de informes al Ejecutivo.
Este lunes desde el Ejecutivo Municipal se realizó una respuesta al Concejo Deliberante, en donde se afirma que la obra en cuestión fue aprobada y autorizada por unanimidad por el Concejo Deliberante en 2013. ¿Lo ignoraba la concejal Delmonte?
En el texto, la Asesoría Legal responde al pedido de consulta informando que en el “Expediente Administrativo Nº 4122-000395-2013-00-000, por medio del cual este Concejo Deliberante autorizara en primer término, y luego adjudicara, la Concesión de la Unidad Turística Fiscal Bar y Sanitario situada en la Playa y Calle Rial de la Localidad de Mar de Ajó. Cabe señalar que por Ordenanza 4064 de fecha 11 de diciembre de 2013 y por UNANIMIDAD, este Cuerpo autorizó la adjudicación del predio fiscal a los Sres. Nahuel Marino Caprari Espina y Rodrigo Pio Caprari Espina”.
Además, responde en varios puntos todas las consultas del pedido de informe. Sostiene que “la obra que se está construyendo en la playa sobre la Av. Costanera y Daniel Rial de la localidad de Mar de Ajo, se corresponde a la que fuera presentada y ofertada en la licitación ante mencionada – instalaciones de BAR y SANITARIOS”.
“El permiso y autorización para la realización de la obra surge de los términos del ‘Pliego de Bases y Condiciones de la licitación 10/2013’ autorizada por ese Cuerpo”. Además, adjunta los estudios de impacto ambiental y detalla que “el número de expediente es el de la licitación por el cual se autoriza la obra”.
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