Al Departamento Ejecutivo del Municipio de La Costa.... RESPETEN LOS MÉDANOS

Extracciones de Arenas en la Costa de la Prov. de Buenos Aires


Introducción:

Varias son las razones que nos llevan a pensar detenidamente en el problema actual de nuestras costas: el trascendente cambio en lo climático, la expansión demográfica, la situación económica de las últimas décadas y la falta de información sobre el cuidado en lo ambiental.
Creemos necesario convertirnos en los artífices informativos sobre el tema medio-ambiente, dado que los tiempos venideros son portadores de un problema mayor, que es la reducción de playas en nuestras costas bonaerenses, siendo éstas el medio económico más importante para nuestra región, sumada al deterioro inminente del litoral marítimo.
La situación en nuestras playas, se está tornando más crítica día a día; por tal motivo, la elaboración del presente informe tiene la finalidad de conscientizar a la población, los riesgos que implica la extracción de arena en nuestras costas y aledaños.

SER CONSCIENTES ES UN PROBLEMA DE TODOS

¿Por qué proteger los médanos costeros? La importancia que revisten las playas y los médanos han sido puestos de manifiesto en numerosos trabajos científicos, más allá de la que el sentido común les otorga.
Los médanos actúan como un dique de contención natural contra el ataque de las olas, son la línea final de protección contra el mar que tiene un continente, y un banco de reserva para almacenar arena, restituyéndola luego a la playa durante el tiempo de calma, como también una fuente de reserva de agua dulce.
Al producirse las tormentas, especialmente las sudestadas, soplan vientos fuertes, y aparecen olas altas, al faltar la cadena de médanos, el agua llega hasta los primeros cien metros, produciendo una erosión y desgaste de playas. Si el médano se destruye, el ecosistema costero en su conjunto sufrirá consecuencias.
Si se observa la playa desde un médano, se ve que no es un paisaje inmóvil; todo está en constante movimiento, desde la arena del mismo hasta mar adentro; existe una vida dinámica; sin descanso y además se puede ver que todos los elementos que existen: agua, arena, viento y lluvia, se relacionan entre sí. El viento la transporta hacia la parte posterior de la playa, formando médanos que a su vez se trasladan continuamente formando nuevos médanos; originando distintos paisajes y los vientos de tierra hacia el mar; colaboran en la preservación de la playa; devolviendo parte de la arena de las dunas hacia ellas. Los médanos restituyen la arena que ha sido extraída de la playa durante las tormentas y contribuye con parte de su base para recomponer los bancos de arena que luego alimentan las playas.


Faltaría agregar que la arena llega a la playa traída por el mar; provienen de los acantilados de zonas rocosas del sur de nuestro país, arrastradas por una deriva, llamada corriente litoral longitudinal de un ancho de 200 metros mar adentro; depositándose este sedimento en la playa gracias a la acción de las olas oblicuas al frente marítimo.
Cada elemento sustituye un eslabón de una gran cadena de movimiento armónico. Si por alguna razón natural o por la intervención del hombre consciente, se elimina un eslabón; quebraremos el equilibrio dinámico del frente marítimo con consecuencias a veces irreparables.
La protección de las costas no es un problema simple. Más bien es un problema casi insuperable. Es una tarea de responsabilidad que ha adquirido en el mundo una tremenda importancia en los últimos 70 años; y está destinada a ser una necesidad en los años futuros.

Al presente es posible realizar una cuidadosa planificación; un adecuado control y una tarea de preservación seria y dentro de los medios económicos al alcance de nuestra sociedad.
La protección de la costa no puede ser considerada como una responsabilidad individual; sino más bien como un esfuerzo cooperativo sobre bases inteligentes y con la colaboración de todos los niveles de la comunidad.
Es un hecho conocido que los extremos pueden ser aprovechados por la sociedad y son malos, pero se debe trabajar duramente por no agredirla: trabajemos fuerte junto a ella y de la mano con la naturaleza y de esta manera estaremos sacando provecho, pero a la vez preservando un recurso natural, comercial y turística. Esto significa que estamos creciendo bajo un desarrollo sustentable, en armonía con el medio ambiente.

Ante esta realidad, se ha respondido con una sucesión de Decretos y Ordenanzas que a continuación se detallan:

Normativa de costas en la legislación vigente

El Código Civil en su artículo 2240 estableció que los mares territoriales pertenecen al dominio público provincial. En el inciso 4° incluye dentro del concepto de dominio público provincial a las playas de mar, entendiéndose por tales a la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas normales o las crecidas medias extraordinarias.

Existe escasa legislación que regule el tema del gerenciamiento costero. La Ley Provincial 8912 del año 1977 no menciona esta cuestión, salvo para delegar a los municipios la competencia primaria en el tema.
Sin embargo, en el Artículo 142 prohíbe “el loteo y la edificación en una franja de 150 metros aledaña al Océano Atlántico y la edificación sobre los médanos y cadenas de médanos que lleguen hasta el mar y aún a una mayor distancia.

El decreto provincial 1212/93 declara zona de desastre ecológico al Partido de la Costa.
Las causas son:
La extracción ilimitada de arena y conchilla a lo largo del litoral atlántico bonaerense…
La utilización de estos componentes del suelo como materia prima para la construcción.

En el ámbito municipal:


El Artículo 27, inciso 17 de la Ley Orgánica de las municipalidades otorga al Honorable Consejo Deliberante la competencia en el aseguramiento de la conservación de los recursos naturales.

Dr. César M. LUCERO Presidente H.C.D.


Sr. Oscar Alfredo SERENO Secretario H.C.D.

Visto:
Que, la extracción de arena y conchilla ha sido motivo de procuración, evidenciado de normas tendientes a poner coto a la depredación constante de médanos, causando alteraciones en el medio ambiente en perjuicio del interés público, y considerando que la extracción de arena y conchilla en forma irracional en que se viene desarrollando ha generado ya el cambio de todo nuestro paisaje costero, los égidos quedan expuestos a las altas mareas, con ingreso del mar a zonas donde tal evento no se producía.

Que los argumentos dados en los vistos y considerando de la ordenanza 997/90, son actuales y no ha quedado demostrado que cambiara la actitud de depredación.

Que, el atractivo turístico del partido lo constituyen sus playas, las cuales vemos que día a día van perdiendo amplitud siendo cada vez más estrechas.

Que, aparece como un contrasentido que se esté estudiando un sistema de defensa costero para captar arenas, cuando se permite la extracción de las que ya está.

Por ello.

El Honorable Consejo Deliberante del Partido de la Costa en su uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Municipalidades sanciona con fuerza de:

Ordenanzas Municipales:

Art. 1°: Prohíbase la extracción de arena y conchilla en todo el ámbito del Partido de la
Costa, a partir del 01/12/91.

Art.2°: Prohíbase la modificación, alteración, extracción, depredación y todo acto que
atente contra la frente marítima, y todo médano existente dentro de toda la superficie del Partido de la Costa.

Art.3°: Prohíbase el tránsito vehicular de camiones, transporte, equipos y de todo otro
medio de carga de arena y conchilla, en todo el ámbito del Partido de la Costa.
Salvo aquellos que mediante la pertinente autorización (guía, factura, etc.) se
encuentre en tránsito y demuestre fehacientemente el origen de la carga
transportada

Art. 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo la creación de una dependencia de
control específico, integrado por personal de planta, a fin de instrumentar las
medidas pertinentes en todo el ámbito municipal..

Art.5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo y/o integrantes del Honorable Consejo
Deliberante a solicitar el apoyo de la fuerza pública para cumplimentar la
aplicación de la presente Ordenanza

Art.6°: La arena y conchilla necesarios para la construcción y/o emprendimiento
municipales a iniciarse o ejecución dentro del partido, podrán contar
excepcionalmente hasta el 30/11/91 con dicha provisión, siendo esta fecha
improrrogable.

Ordenanza 970/90 

Esta Ordenanza del año 1990 muestra la preocupación del Honorable Consejo Deliberante por el manejo costero. Sostiene que la circulación de vehículos en la playa es una amenaza constante e imprevista que atenta contra la integridad física de personas y bienes –en especial niños- y atenta contra la necesidad de preservar la naturaleza.

Se prohíbe la circulación en playas, médanos de todo rodado con tracción mecánica y /o animales, se hace extensiva a ciclomotores, motocicletas, triciclotes y/o similares. Yse establecen multas por incumplimiento.
En especial si se usa para extraer conchilla, arena o almejas y también si es en horario vespertino y nocturno.

ORDENANZA MUNICIPAL 997/90 

En este caso sostiene que la explotación de arena y conchilla alcanzó un incremento de tal magnitud que está generando, en la forma como se desarrolla un impacto de implicancia ecológico urbanístico, de salud y seguridad pública perjudicando el bien común.

En la actualidad el municipio no tiene intervención en el otorgamiento de permisos de concesión ni en la fijación de los lugares de extracción “volúmenes”.

Falta de control-devastación de médanos (crecida=costanera)

Reservorio de agua podrá perderse

Calles y desagües

Extracción de médanos

El departamento deliberante debe defender

Artículo 1°: prohíbase la extracción de arena y conchilla en todo el ámbito del Partido de la Costa

Artículo 2°: prohíbase el tránsito vehicular para extracción

Artículo 3°: prohíbase la extracción de arena y conchilla para la construcción, solicitar autorización por excepción.

Firmado: Profesor Enrique Dellaspora Presidente H.C.D.
Ricardo B. Reggiani Secretario H.C.D.


ORDENANZA MUNICIPAL 1430/94

El Honorable Consejo Deliberante propone conservar recursos naturales, para ello es necesario:


Prohibir las variaciones planimétricas de formación dunícolas.

El respeto por los perfiles del terreno da como resultado ciudades estéticamente mejores.

Las dunas representan no sólo belleza sino también reservas acuíferas.

Se establecen sanciones.

La lectura de las ordenanzas permite comprobar que existe una permanente preocupación de los legisladores en manejo ambiental consciente de nuestras costas. Las ordenanzas parecen, sin embargo, quedar en la teoría, pues en la realidad palpable todos los días los habitantes de Mar de Ajó asisten a la observación de la extracción de arena de las playas.

LA EXTRACCIÓN DE ARENA

Se está produciendo en nuestras costas, principalmente en las bajadas de Nueva Atlantis que corresponden a estas calles ( Av. Drago, Av. Roldán y Bajada de Lanchas final F. de las Carreras), estas dos últimas son las más importantes de extracción ya que salen camiones cargados de conchilla hacia los corralones. También de Mar de Ajó se extrae conchilla. Las calles de bajada son: (Corrientes, San Luis, López Calveti, A. Yunque). Esta conchilla es depositada en conteiners que pertenecen a corralones locales. Su precio por conteiner completo es de $30 y tiene una capacidad de 6 metros cúbicos, y el corralón la vende a valor de $ 20 por metro cúbico.
La extracción de conchilla va creciendo en este último tiempo a un ritmo muy acelerado ya que si contamos que se encuentran aproximadamente 14 carritos y 5 camiones pertenecientes a nuestro lugar estimando que se está extrayendo la cantidad de 5040 metros cúbicos mensuales de conchilla. También vale destacar que los precios no son los mismos, la conchilla oscila alrededor de los $ 20 el metro cúbico y la arena de río los $ 60 el metro cúbico.
Vale destacar que los agentes y grupos sociales que participan en el proceso económico son varios. Por empezar los ciudadanos, los corralones y por último lugar, los carritos.
Los ciudadanos por el valor económico, los corralones no tienen casi venta de arena de río, los conchilleros por falta de ingresos de trabajos estables.
Los conchilleros opinan que ellos extraen conchilla dada la situación económica y laboral actual en nuestro partido. Las opiniones de los políticos son diversas ya que algunos dicen que no se puede extraer conchilla pero no saben cómo darles trabajos y los dejan. Otros dicen que está bien que sigan sacando conchilla…total no se va a terminar la playa ni la arena porque algunos carritos las lleven. Los dueños de los corralones opinan que la población no puede pagar hoy los valores que se encuentra la arena de río, y aparte le dan trabajo a los carritos conchilleros.
Todos somos culpables de esta situación, pero antes no existía la información que hoy manejamos y la presión económica también tiene que ver, ya que es muy grande la diferencia de precio entre la conchilla y la arena de río.


CONCLUSIONES

Después de la elaboración del presente informe se tomó consciencia de la importancia de las costas y médanos, ya que se estaba ajeno a este problema. En la actualidad, los ecologístas están interesados en la situación y quieren hacerlo llegar a toda la población. De hecho este trabajo no fue preparado en contra de los carritos conchilleros, es un trabajo puramente informativo acerca de un problema que nos afecta a todos.

Se cree que la mayor parte de la culpa la posee la población por ser consumidora del producto, la otra la tienen los corralones y la Municipalidad.

Se notó que la población está desinformada y con falta de concientización. La gran mayoría desconoce el problema de los médanos, la extracción de conchilla, la mala planificación urbana y la pavimentación de las calles.

Por parte de los corralones se sabe que el tema es económico, ya que se consigue a muy bajo precio, sólo la mano de obra ya que el recurso es público.

La Municipalidad no sabe cómo parar la extracción, siempre se ataca por el lado más débil que es el de los carritos conchilleros. Una idea consiste en prohibir que los corralones vendan conchilla y obligarlos a que traigan arena de río (esto haría que se frenara la extracción de arena), otra forma sería controlar las obras en construcción en un proceso gradual.

Marcelo R. Moschen (http://www.sociedadambiental.net/profile/MarceloRMoschen)


BIBLIOGRAFÍA:

Rubén Pablo Echeverría “Salven las playas argentinas”
Norma Cantón “Ecología, Nuestro Planeta en peligro”
Juan Pablo Aguilar “Enciclopedia de la Tierra” Clarín Páginas 158 al 162.
Fundación Ecológica Pinamar “Conozcamos Pinamar” Páginas 44 al 47. (1998)

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