Crónica de una ilegitimidad legalizada. Hacia una “republiqueta camionera”

Las elecciones internas del radicalismo en el partido de La Costa generaron algunas secuelas en la sociedad costera.
Abrieron interrogantes que en ese momento no podía evacuar; todos se dirigían hacia saber qué era lo que se había hecho para resolver el problema así generado.

Recurrí a consultar interesados directos en la cuestión de fondo, informándome que:
~       Se hizo una detallada presentación ante la Junta Provincial; en su defensa Daniel López argumentó que se había afiliado hacía mucho tiempo, pero que desapareció del padrón razón por la cual la fecha de afiliación no refleja su real antigüedad en el partido. La Junta Provincial le dio razón priorizando la participación de todos.
~       Había problemas mucho más importantes para la gente que la disputa por la Presidencia del Comité Distrito La Costa sin relevancia práctica
Esto no satisfizo mi inquietud por:
ü  Cuando a un ciudadano común le refacturan un mes de gas, no sirve que Ud. afirme que había pagado en tiempo y forma y que la empresa perdió el comprobante. Si no lo presenta tiene que volver a pagar.    ¿Por qué para un servicio o impuesto la declaración de buena fe carece de valor, pero sí lo tiene en un puesto político? ¿Las normas están hechas para los tontos que pagamos los impuestos y guardamos los comprobantes?
ü  ¿Qué es más relevante para la gente? ¿Pretender la recuperación de la ética en la política recuperando la república, o tolerar irregularidades en un acto electoral porque el cargo en disputa es poco relevante y hay objetivos partidarios de mucho peso?
ü  Las explicaciones brindadas sólo justifican la legalización de lo ilegal en la candidatura de Dani López, no aclaran la ausencia en el padrón “on line” de la postulante a vocal suplente Elena Cristina Prato.
¿Esta irregularidad fue justificada por la Junta Provincial?
ü  La propuesta del Comité Provincia en concordancia con el Comité Nación era que no se compitiera en internas para unificar y consolidar al partido de cara al 2019. Evidentemente esta sugerencia no fue acatada en nuestro distrito; la elipsis define que esa es una decisión local en la que los organismos centrales carecen de mayor injerencia.
ü   La discontinuidad en la apelación por parte del radicalismo local afectaba directamente mis derechos y me forzaba a tolerar la existencia de un Presidente de Comité de Distrito ilegítimo legalizado “traccionado por los pelos”. Ese partido con tanta historia ¿puede permitir semejante desprotección ciudadana?
ü  Tampoco sirve, por ahora, el supuesto descargo del novel Presidente del Distrito por:
- Para el ciudadano común la violación de la norma es tan evidente que no resiste justificativo de un partido político interesado en sostenerlo como figura relevante.
- Su actitud revela una aparente falta ética en su postulación, razón por la cual su descargo tiene escaso valor. No soy juez, no lo estoy juzgando; estoy manifestando con energía como percibo su conducta.
- Nadie respondió sobre la validez de la candidatura de Elena Cristina Prato, quizás estimando que como es última vocal suplente su puesto no ejerce influencia política partidaria alguna, salvo violar una   norma. ¿También se justificó con la decisión de la más amplia participación?


ü  La definición de los objetivos políticos partidarios para el nivel nacional no justifica decisiones regionales deleznables. Muchas veces es más importante defender los principios ciudadanos que ganar a cualquier costo. Deseo una república, no una “republiqueta camionera y sindical”.
ü  Esto hubiera permanecido en las tinieblas de la ignominia sin tener el alerta de Eduardo Arias. A los políticos intervinientes les manifiesto


La ciudadanía merecía conocer el problema antes de la resolución de la Junta Provincial


Comentarios