Modernizando el derecho de huelga. Limitando el poder de los sindicatos trogloditas.

Una noticia referente a Alemania despertó mi inquietud ante el recrudecimiento de las huelgas docentes.
El 14 de Junio del 2018, El Observador del Tuyú publicó la experiencia alemana en la que el tribunal constitucional falló contra la apelación de cuatro profesores que habían sido sancionados por una protesta. Los docentes pasan a ser profesionales a las que se les limita el derecho de huelga.



El Tribunal Constitucional de la primera potencia europea, con sede en la ciudad de Karlsruhe,desestimó esta semana un recurso presentado por cuatro maestros de la escuela primaria que participaron en protestas y huelgas durante su horario de trabajo y que posteriormente recibieron una sanción disciplinaria.
De acuerdo con el veredicto dictado, el derecho fundamental a la libertad de asociación está limitado para profesionales como profesores, policías o bomberos, dado que éste entraría en colisión con los principios tradicionales de la función pública.

La provincia de Buenos Aires intentó disminuir la intensidad de las huelgas con el descuento de los haberes (ver artículos publicados por el Observador el 13 de enero del 2017 y el 22 de mayo del 2017 ). 
Esta política gradual fue infructuosa y fuente de múltiples litigios en tribunales, razón por la que Vidal decidió apostar mucho más fuerte: declarar la Enseñanza Pública  como servicio público esencial.

El derecho de huelga está reconocido a un sector de la sociedad, y por eso, como todo derecho, tiene sus límites, que son impuestos por la necesidad de proteger el ejercicio de los derechos del resto de la sociedad.
Cuando los trabajadores hacen huelga no es porque no quieren trabajar, sino porque pretenden hacerlo en mejores condiciones.

Y para ello recurren a este medio de presión contra su empleador, que es un derecho que, en nuestro país, está garantizado por la Constitución Nacional. Pero éste es un derecho doblemente excepcional.

La doble excepcionalidad del derecho de huelga radica en que su reconocimiento supone admitir al mismo tiempo que los trabajadores no cumplan con su obligación de trabajar y que tal omisión tenga por objeto causar un daño al empleador.

Tal eximición de trabajar implica la pérdida del derecho al salario. Porque así como el empleador debe aceptar ese daño transitorio y reversible que le provoca la huelga —normalmente en el contexto de un conflicto y una negociación colectiva— y no podría contratar a otros trabajadores para reemplazar a los huelguistas, simétricamente los trabajadores que adhieren a ella sacrifican su derecho a la retribución que persiguen cuando trabajan para otro.

Por eso, el pago de los días de huelga es una ofensa a la dignidad de los trabajadores.

La legislación argentina sólo califica como servicios esenciales para la comunidad a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control de tráfico aéreo.
Y, excepcionalmente, se podrá calificar como servicio esencial a otra actividad cuando por la duración o extensión territorial de su interrupción se pudiera poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población, o cuando se tratara de un servicio público de importancia trascendental.El desarrollo y la paz social exigen fijar normativas claras y promover comportamientos sindicales y patronales responsables, que se ajusten al espíritu constitucional ( preaviso, conciliación obligatoria, servicios de mantenimiento, piquetes limitados, respeto por los derechos y libertades de los no huelguistas, mediación y arbitrajes voluntarios entre otras).

En el apogeo del pacto Kirchner-Moyano se dictaron las reglas actualmente vigentes en el ámbito nacional, algunos de cuyos principios se expandieron a las provincias, sobre todo a la provincia de Buenos Aires.
Aquel pacto está en la raíz de la Ley 25.877/03 que excluyó al transporte, la seguridad y la educación del listado de servicios esenciales. Si bien la ley permitió excepciones y abrió la puerta para añadir a ese listado a los servicios públicos de importancia trascendental (entre los que bien podrían incluirse por lo pronto a la educación y al transporte), nunca se llegó a añadir servicio alguno.
En el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la Ley 13.552/10 dispone: "En ningún caso la educación podrá ser considerada como servicio esencial", lo que implica encorsetar o mutilar al Estado democrático cuando se ve abocado a resolver un conflicto como el que hoy atraviesa la enseñanza pública.
Esta concesión del peronismo bonaerense a los sindicatos oficiales que actúan en el sector público provincial resulta contraria a la Constitución Nacional y sirve de coartada para desamparar los derechos fundamentales de los alumnos o de los ciudadanos que recurren, por ejemplo, a los servicios estatales de salud y transporte.

El Gobierno ha tenido algunos aciertos cuando le tocó encauzar conflictos y huelgas, pero también incurrió en sonoros fracasos.
El no pago de los salarios caídos a los huelguistas y la firme vocación de dialogar en busca de soluciones integran su escueto activo.
La mora en regular la huelga, la falta de convocatoria a la comisión independiente, las vacilaciones a la hora de exigir preavisos, llamar a la conciliación obligatoria e imponer las sanciones previstas en los casos que así procede legalmente, son parte de los errores a enmendar. 

A esta lista de desaciertos, forzosamente incompleta, añadiría la decisión del gobierno de María Eugenia Vidal de premiar a los docentes que no se pliegan a la huelga en la provincia de Buenos Aires.
Nuevamente el ciudadano se halla atrapado en una trampa sin salida; por un lado son testigos resignados e indignados cuando los sindicalistas y algunos pocos obreros militantes del K-/-Izquierda que no dudan en recurrir a las amenazas o violencia para restringir los derechos de aquéllos que desean trabajar y no plegarse al cese de tareas  y, por el otro, un profundo sentimiento de frustración ante la negativa del gobierno para llevar a cabo las modificaciones legales necesarias para reglamentar el derecho de huelga que, como hemos visto, no está reglamentado.

Como burdo remate debemos soportar que unos sindicalistas prepotentes utilicen sus poderes de convocatoria y condicionamiento militante exijan cambios en la política económica del actual gobierno cuando no son responsables sobre esos temas ya que NO FUERON VENCEDORES EN LA ÚLTIMA ELECCIÓN PRESIDENCIAL.
ESTE DISCURSO es un claro mensaje subversivo y sedicioso para buscar resultados en política económica que se hallan totalmente fuera de su esfera de decisión.
Los no peronistas tenemos que soportar los atropellos de las patotas sindicales.

DEC
El Observador del Tuyú

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